El Brexit afectará a las marcas comerciales, los derechos de diseño y las importaciones paralelas, tal y como se indica a continuación. En la
página web de la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (UKIPO, por sus siglas en inglés) podrás consultar una lista completa de los cambios en la propiedad intelectual debido al Brexit, así como las acciones recomendadas para empresas y titulares de derechos. Te recomendamos que consultes dicho sitio web con regularidad para ver el contenido más actualizado.
A continuación, mencionamos la información más importante de ese sitio web:
Marcas comerciales:"Desde el 1 de enero de 2021, las marcas de la Unión Europea (EUTM) ya no protegerán a las marcas comerciales en el Reino Unido. De conformidad con el acuerdo de retirada del Reino Unido, el 1 de enero de 2021, la Oficina de Propiedad Intelectual creará una marca comercial del Reino Unido similar para todos los titulares de derechos que ya tengan una marca comercial de la UE. Las marcas comerciales de la Unión Europea existentes seguirán protegiendo las marcas comerciales en los Estados miembros de la UE. Las empresas del Reino Unido pueden solicitar una marca de la Unión Europea (EUTM) ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE. La salida del Reino Unido de la UE no conllevará cambios en las marcas comerciales registradas del Reino Unido".
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Derechos de diseño:"Al final del periodo de transición (1 de enero de 2021), los dibujos o modelos comunitarios registrados y los dibujos y modelos comunitarios no registrados dejarán de ser válidos en el Reino Unido. Estos derechos serán reemplazados de forma inmediata y automática por los derechos del Reino Unido. Si eres titular de un derecho existente, no es necesario que hagas nada en este momento".
FuenteImportaciones paralelas:Los productos comercializados en el Reino Unido por el titular del derecho, o con su consentimiento, después del periodo de transición ya no se pueden considerar agotados en el Espacio Económico Europeo (EEE). Esto significa que las empresas que exportan estos productos protegidos por derechos de propiedad intelectual del Reino Unido al Espacio Económico Europeo (EEE) podrían necesitar el consentimiento del titular del derecho.
Acciones para los exportadores paralelos de productos protegidos por la propiedad intelectual al EEE:
Comprueba si actualmente exportas productos protegidos por derechos de propiedad intelectual al EEE (por ejemplo, productos con marca comercial) que ya se hayan comercializado en el Reino Unido y si necesitas la autorización del titular de los derechos para exportarlos. Puede que tengas que ponerte en contacto con el titular de los derechos para obtener autorización para continuar comercializando estos productos después del 1 de enero de 2021. Es posible que el titular de los derechos de propiedad intelectual no te otorgue permisos de exportación paralela al EEE de sus productos. En función de la conversación con el titular de los derechos, puede que tengas que modificar tus acuerdos comerciales, el modelo de negocio o la cadena de suministro.
Acciones para titulares de derechos de propiedad intelectual
Las empresas que poseen derechos de propiedad intelectual (por ejemplo, una marca comercial) pueden solicitar asesoramiento legal si sus productos protegidos por derechos de propiedad intelectual se exportan paralelamente del Reino Unido al EEE. Tendrás que considerar si deseas permitir la exportación paralela de tus productos del Reino Unido al EEE después del 1 de enero de 2021".
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